DERECHO DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL

  • Reconocimiento y protección de derechos de autor ante el INDAUTOR (Instituto Nacional del Derecho de Autor), de entre otras obras:
  • Musical, con o sin letra.
  • Dramática.
  • Pictórica o de dibujo.
  • Escultórica y de carácter plástico.
  • Caricatura e historieta.
  • Arquitectónica.
  • Cinematográfica y demás obras audiovisuales.
  • Programas de radio y televisión.
  • Programas de cómputo.
  • Fotográfica.
  • Obras de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil.
  • Revisión, asesoramiento y registro de contratos que involucren la parte intelectual.
  • Registro de reserva de derecho.
  • Solicitud de declaración administrativa de nulidad de reservas de derecho.
  • Solicitud de declaración administrativa de cancelación, por actos emitidos por el INDAUTOR.
  • Procedimiento de Avenencia.

¨La última y definitiva justicia es el perdón¨ 

-Miguel de Unamuno (Filósofo y escritor español)